El Real Decreto 105 2008 es la norma que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD) en España, estableciendo las obligaciones de productores, poseedores y gestores para prevenir su generación, fomentar su reutilización, reciclado y valorización, y garantizar que los residuos destinados a eliminación reciban un tratamiento adecuado.
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… Real Decreto 105 2008, RD 105 2008… Si has aterrizado aquí, probablemente es porque has escrito alguna de estas palabras en Google y has llegado al lugar adecuado, porque en este artículo voy a explicarte qué regula el Real Decreto 105/2008, a quién afecta, cuáles son las obligaciones que establece y cómo se aplica a la gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD).
Su relevancia sigue creciendo, como demuestra la publicación en el BOE, el 10 de enero de 2026, del nuevo plan aprobado por el Consejo de Ministros, que actualiza la estrategia nacional de gestión de residuos, fija nuevos objetivos para los residuos de construcción y demolición, y refuerza la prevención, la reutilización, el reciclaje y la economía circular durante la próxima década (si te apetece, puedes consultar el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2025-2035).
Pero,
Qué es el Real Decreto 105 200
El Real Decreto 105 2008 es la norma que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en España, estableciendo las obligaciones de productores, poseedores y gestores para prevenir su generación, fomentar su reutilización, reciclado y valorización, y garantizar que los residuos destinados a eliminación reciban un tratamiento adecuado (RCD).
«El Real Decreto 105 2008 tiene por objeto la regulación de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD). En él se establecen las obligaciones para las distintas figuras en materia de producción y gestión de residuos», Natalia Pérez, Coordinadora de Proyectos del Área de Consultoría del Grupo Atlante.
Glosario de términos
Antes de desgranarte el Real Decreto 105 2008, si te parece, te dejo varios conceptos:
- El Real Decreto 105 2008 identifica al «productor de residuos de construcción» como el «titular del bien inmueble en quien reside la decisión última de construir o demoler», normalmente la promotora.
- También, al «poseedor de dichos residuos» con «quien ejecuta la obra y tiene el control físico de los residuos que se generan en la misma». Habitualmente la constructora.
- Por último, define «residuo de construcción y demolición», RCD, como «cualquier sustancia u objeto que, cumpliendo la definición de ‘Residuo’ incluida en el artículo 3a de la Ley 10/1998, se genere en una obra de construcción o demolición».
| PRODUCTOR DE RESIDUOS |
POSEEDOR DE RESIDUOS |
|---|---|
| Titular del bien inmueble (habitualmente, el promotor) | Quien ejecuta la obra (habitualmente, la constructora) |
| Incorpora al proyecto el estudio de gestión de residuos | Elabora el plan de gestión de residuos |
| Fase de proyecto | Fase de ejecución de la obra |
Ahora sí,
Objeto
El Real Decreto 105 2008 tiene por objeto «establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, con el fin de fomentar, por este orden, su prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización» y su ámbito de aplicación son los residuos de construcción y demolición descritos en el artículo 2 del propio Real Decreto 105 2008, con excepciones como las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas reutilizadas en la misma obra.
Estructura
En cuanto a su estructura, el Real Decreto 105 2008 está organizado en quince artículos y nueve disposiciones que definen:
- El régimen de control de la producción, posesión y gestión de los residuos (artículo 6 del Real Decreto 105 2008).
- Las obligaciones del productor (artículo 7)
- Las actividades de valorización (artículo 8 y 9).
- El tratamiento de los residuos (artículo 10).
- Las actividades de eliminación mediante depósito en vertedero (artículo 11).
- Las actividades de recogida, transporte y almacenamiento (artículo 12).
- La utilización de residuos inertes en obras de restauración, acondicionamiento o relleno (artículo 13).
Obligaciones del productor y del poseedor
Profundizando un poquito más, el Real Decreto 105 2008 establece esta serie de obligaciones tanto para al productor como para al poseedor de los residuos:
| AGENTE | OBLIGACIONES SEGÚN EL REAL DECRETO 105/2008 |
|---|---|
| Poseedor de los residuos (habitualmente, el promotor) |
Debe presentar a la propiedad un Plan de Gestión de Residuos en el que concrete:
|
| Productor de los residuos (habitualmente, la constructora) |
Debe incluir en el proyecto un Estudio de Gestión de Residuos que contemple:
|
La semana pasada ya te acerqué la estructura tipo de un Plan y un Estudio de Gestión de Residuos de acuerdo al Real Decreto 105 2008 y te mostré las claves para desarrollarlo en un entorno de trabajo BIM. Si todavía no lo has leído, te recomiendo echarle un vistazo: «Gestión de residuos de la construcción (en un entorno de trabajo BIM)».
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